Contrainforme psicológico pericialConceptualización y caso práctico en un supuesto de guarda y custodia

  1. Pedro José Horcajo Gil 1
  2. Víctor Dujo López 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
    info

    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
Psicopatología Clínica Legal y Forense

ISSN: 1576-9941

Año de publicación: 2020

Volumen: 20

Número: 1

Páginas: 53-71

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Psicopatología Clínica Legal y Forense

Resumen

Los informes periciales o dictámenes periciales conllevan una elevada responsabilidad debido a las repercusiones de sus conclusiones. Por ello, han de sustentarse en fundamentos científicos que se ajusten al caso concreto objeto de la evaluación. El informe pericial ha de ser un proceso imparcial, estructurado, replicable y vertebrado mediante la formulación y contraste de hipótesis. Sin embargo, estas exigencias no siempre se cumplen. Es habitual ver informes con conclusiones que no se deducen del resto de datos y que no son idóneos para ser replicados. En otras ocasiones, no se realiza un exhaustivo análisis documental. La práctica del contrainforme pericial, también denominado contra dictamen pericial o contra peritaje, se contempla en nuestro ordenamiento jurídico, en diversas normas jurídicas que descansan sobre el principio de contradicción, uno de los principios generales del Derecho. El art. 347 de la LEC dispone la «Posible actuación de los peritos en el juicio o en la vista» y recoge explícitamente la «Crítica del dictamen de que se trate por el perito de la parte contraria» (art. 347.1. 5º). En el siguiente artículo se presenta un modelo de contrainforme psicológico pericial en el que se concluye acerca de la validez de los resultados y conclusiones de un informe psicológico pericial previo.

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