Desobediencia civilsinergia entre teoría y práctica

  1. Zambudio Vivancos, Maria Josefa
Dirigida por:
  1. Alfonso Galindo Hervás Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 22 de enero de 2016

Tribunal:
  1. Francisco Jarauta Presidente/a
  2. Antonio Rivera García Secretario
  3. César Ruiz Sanjuán Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Resumen: Este trabajo de investigación ha tenido como guía los siguientes objetivos: en primer lugar se ha intentado demostrar que solamente en los Estados democráticos se puede hablar de la desobediencia civil como forma principal de disidencia. También se ha pretendido indagar sobre el origen y la idea de ciudadano, como sujeto de derechos, en las teorías políticas de la modernidad. Se ha procurado analizar el concepto de desobediencia civil en las principales teorías de autores actuales como Rawls, Habermas y Dworkin. Y así, partiendo de estas, tratar sobre la justificación de la desobediencia civil en el ámbito moral, jurídico y político. Finalmente el estudio de los casos prácticos, sin pretensiones de exhaustividad, se ha abordado con la intención de aclarar algunos errores sobre el fenómeno de la desobediencia civil y mostrar la diversidad de la acción, insertada en un contexto histórico determinado. La metodología empleada para un primer acercamiento al tema de la desobediencia civil se ha basado en la lectura de textos originales de los autores: libros, artículos, entrevistas etc. Con esto se ha pretendido obtener una primera opinión libre de prejuicios. Una vez anotadas las reflexiones sobre estas lecturas, se ha pasado a ampliar ideas a partir de textos relacionados con la temática en otros autores, intentando analizar, tanto aquellos que pudieran apoyar los objetivos propuestos, como otros que defienden opiniones contrarias. Debemos señalar que la gran mayoría de los textos consultados, aun no habiendo sido citados, han sido de gran utilidad para obtener una visión más amplia sobre el tema y que, en ocasiones, han servido para modificar la primera opinión que se tenía sobre el mismo, encauzando el curso de la investigación. Son varias las conclusiones a las que hemos llegado; la primera, basándonos tanto en las teoría como en la práctica, sería que la desobediencia civil es una forma de protesta propia de los Estados democráticos ya que los presupuestos que definen la propia acción coinciden con los de dichos Estados. La segunda es que, solamente cuando los hombres se consideran parte del sistema de poder, se encuentran en situación de actuar para conseguir un presente mejor. La tercera incide sobre la dificultad e inconveniencia de justificar la desobediencia en el ámbito jurídico, en tanto que, en el moral y el político son frecuentes los argumentos a favor de tal justificación. La cuarta y última pasa por aceptar que la sinergia entre las teorías sobre la desobediencia civil y la práctica de la misma enriquecen a ambos ámbitos, a la vez que generan nuevas formas de acción política.