La interpretación originalista de la Constitución una aproximación desde la filosofía del derecho

  1. Lora Deltoro, Pablo de
Dirixida por:
  1. Elías Díaz García Director

Universidade de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Fecha de defensa: 31 de outubro de 1997

Tribunal:
  1. Gregorio Peces-Barba Martínez Presidente
  2. José Juan Moreso Mateos Secretario/a
  3. Riccardo Guastini Vogal
  4. Manuel Aragón Reyes Vogal
  5. Francisco Javier Laporta San Miguel Vogal

Tipo: Tese

Resumo

La Constitución, entendida como un mecanismo de precompromiso colectivo (como un conjunto de reglas de difícil reforma que disciplinan el ejercicio del poder político para la salvaguarda de los derechos básicos individuales), parece exigir que el juez constitucional recurra a las intenciones del constituyente para interpretarla. La versión más estricta del originalismo es la que vincula significado e intención del hablante. Esta tesis semántica del emisor puede ser concebida también bajo los parámetros del realismo semántico, pero esta posibilidad nos compromete con el objetivismo metaético. La mejor defensa de la preferencia por el criterio hermenéutico originalista es la proporcionada por Joseph Raz (Tesis de la Intención Autoritativa), pero, por dificultades internas al propio modelo, y algunas críticas externas relevantes, el originalismo no consigue justificar con éxito la justicia constitucional.