El principio de buena administracióndiscrecionalidad y procedimiento administrativo
- PONCE SOLÉ, JULIO
- Tomàs Font Llovet Directeur/trice
Université de défendre: Universitat de Barcelona
Fecha de defensa: 17 novembre 1998
- Sebastián Martín-Retortillo Baquer President
- Joaquín Tornos Mas Secrétaire
- Rafael Entrena Cuesta Rapporteur
- Lorenzo Martín-Retortillo Baquer Rapporteur
- Luis ignacio Ortega Álvarez Rapporteur
Type: Thèses
Résumé
El trabajo estudia los motivos históricos que han impedido que el procedimiento administrativo haya desplegado toda su potencialidad como institución jurídica que colabore en la obtención de decisiones discrecionales de calidad. El estudio pretende plantear paradigmas distintos de los tradicionales partiendo de la Constitución española de 1978. En ella se encuentran implícitamente previsto el principio de buna administración, que se deriva de los principios constitucionales de interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3), objetividad, coordinación, eficacia (art. 103.1), eficiencia y economía (31.2). Todos estos principios son conectados con el procedimiento administrativo y su actual regulación legal, sugiriendo reformas en la misam. Asimismo, se analizanlos deberes de comportamiento de los organismos administrativos derivados de este principio. Por último, el estudio analiza el control judicial existente en España sobre los vicios procedimentales, comparándolo con otros países.