El principio de buena administracióndiscrecionalidad y procedimiento administrativo
- PONCE SOLÉ, JULIO
- Tomàs Font Llovet Director
Universidade de defensa: Universitat de Barcelona
Fecha de defensa: 17 de novembro de 1998
- Sebastián Martín-Retortillo Baquer Presidente
- Joaquín Tornos Mas Secretario/a
- Rafael Entrena Cuesta Vogal
- Lorenzo Martín-Retortillo Baquer Vogal
- Luis ignacio Ortega Álvarez Vogal
Tipo: Tese
Resumo
El trabajo estudia los motivos históricos que han impedido que el procedimiento administrativo haya desplegado toda su potencialidad como institución jurídica que colabore en la obtención de decisiones discrecionales de calidad. El estudio pretende plantear paradigmas distintos de los tradicionales partiendo de la Constitución española de 1978. En ella se encuentran implícitamente previsto el principio de buna administración, que se deriva de los principios constitucionales de interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3), objetividad, coordinación, eficacia (art. 103.1), eficiencia y economía (31.2). Todos estos principios son conectados con el procedimiento administrativo y su actual regulación legal, sugiriendo reformas en la misam. Asimismo, se analizanlos deberes de comportamiento de los organismos administrativos derivados de este principio. Por último, el estudio analiza el control judicial existente en España sobre los vicios procedimentales, comparándolo con otros países.